No es nuestra intención hacer una exhaustiva valoración jurídica de la sentencia del Tribunal Supremo que condenó al Fiscal General del Estado, Alvaro García Ortiz, sólo anotar las extrañas circunstancias en que se produjo la rápida puesta en marcha de un juicio que ha batido todos los récords de velocidad conocidos hasta la fecha, teniendo en cuenta que la cuestión era un “delito” menor, mientras que la Gürtel o el “Caso Montoro”(este último ha estado bajo secreto de sumario más de siete años) se han podrido en los cajones de los diferentes despachos de tribunales de diverso ámbito; por otro lado, la trama de corrupción del PP no tiene visos de terminar, ya que aún quedan pendientes un gran número de juicios, aquí no hay prisa alguna, siempre con la intención de que prescriban y se vayan de rositas sus autores.

Antes de pasar a entrar en la cuestión que nos ocupa, en esta primera editorial, ya que habrá una segunda relacionada con la DANA de Valencia del pasado 29 de octubre de 2024, vamos a señalar, para que quede constancia para juicios posteriores, quienes han condenado al fiscal general, con un FALLO, filtrado con anticipación al conocimiento del texto íntegro de la sentencia, aquí no hay imputación de ningún tipo a los cinco magistrados. Algunos de ellos ya muy conocidos por su implicación en casos como el “procés” y otros casos a favor de la derecha, y que han actuado con una premura no habitual, en el caso que nos ocupa, en la justicia española en las últimas décadas. Según confirman los diversos medios de comunicación, los que han condenado a Álvaro García Ortiz son: Andrés Martínez Arrieta, Manuel Marchena Gómez, Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre, Antonio del Moral García y Carmen Lamela Díaz (conservadores). Por su parte el voto particular ha sido emitido por: Ana María Ferrer García y Susana Polo García (progresistas). Este caso ha tenido una raíz política desde su origen, pues fue promovido desde la Comunidad de Madrid contra un alto cargo juridicial tomado como si fuera un miembro del Gobierno. Y como dice el enunciado de nuestra editorial, rezuma un trasfondo de lucha contra el Gobierno de Coalición progresista y que nunca ha sido reconocido como legítimo por la derecha (PP) y la ultraderecha fascista (VOX). Fueron las palabras de José María Aznar, expresidente de gobierno español, cuando en una rueda de prensa afirmó, de manera contundente, la ya famosa frase: “quien pueda hacer que haga”, y cómo no sus seguidores en todos los ámbitos de la sociedad se pusieron manos a la obra, entre ellos los que poseen el poder judicial: CGPJ y Tribunal Supremo. Una prueba absolutamente fehaciente: el previsible fallo de la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo contra Álvaro García Ortiz.
Lo sucedido con el fiscal general del Estado es de una extrema gravedad, ya que si los jueces, metidos a políticos, son capaces de hacer un montaje como el que hemos podido vivir en vivo y en directo, cámaras de televisión de por medio, qué no llegarán a hacer con un ciudadano de los que no son “particulares” cono el novio de Ayuso. Este juicio ha sido el último capítulo de una historia mayor, con unos antecedentes que implican a la familia Díaz Ayuso. En todos los casos en los que interviene dicha familia siempre sale indemne. En los cuatro escándalos en los que se han visto inmersos, siempre han salido absueltos, basándose en burdas mentiras y fraudes de toda índole. De manera muy escueta, he aquí varios de sus ya muchos chanchullos. 1) El pufo de Avalmadrid: en 2011, Lorenzo Diaz, padre de Isabel Díaz Ayuso, pidió un préstamo a una financiera semipública por valor de 400.000 euros. Como garantía presentó una nave ilegal. El préstamo nunca se ha recuperado. La sala de lo Penal, la misma que ha condenado a García Ortiz, rechazó toda investigación sobre dicho pufo. Otro juzgado archivó otra denuncia contra Tomás Díaz Ayuso en 2022 por prescripción. 2) Comisión de mascarillas: antes de ello, Tomás Diaz Ayuso hereda de su padre una finca para no ser embargada por Avalmadrid. En abril de 2020, en España mueren 700 personas diarias. La Comunidad de Madrid concede a dedo un contrato por 1,5 millones de euros, el destinatario un amigo de los Ayuso, que no tiene ni idea del tema sanitario. Tomás Ayuso se lleva una comisión de 234.000 euros. Cuando Pablo Casado denuncia lo poco ético de la operación, es acusado de espionaje para investigar a Isabel Ayuso y es defenestrado de manera rápida y fulminante de la Presidencia del PP, y ponen en su lugar al correveidile Alberto Núñez Feijóo. 3) Muertes en las residencias: Tomás Díaz Ayuso se forró con las comisiones de las mascarillas de la Pandemia, por su parte el Gobierno de la Comunidad de Madrid redactó un protocolo a todas luces inhumano, ya que negaba el traslado a los hospitales a quienes tenían deterioro cognitivo o alta dependencia, sin embargo, los que tenían seguro privado si fueron derivados a los hospitales públicos y privados. Fallecieron la friolera cantidad de 7.291 personas, y lo más grave, sin atención médica ni ningún tipo de paliativos, ahogados en sus camas por falta de oxígeno. La Fiscalía Superior de Madrid, con Almudena Lastra, afirmó de manera vergonzante que “el protocolo no fue un impedimento en esas muertes”. Esta jueza declaró en contra del fiscal general del Estado Álvaro García Ortiz, pero Almudena Lastra no fue imputada, a pesar de ser una de las que tuvo acceso al correo. Toda cuadra en la trama contra el “pardillo” fiscal general del Estado. 4) Dos pisos comprados tras el fraude fiscal. La Pandemia de 2020 fue una verdadera mina de oro para el defraudador confeso (“ciudadano particular” y novio de Diaz Ayuso), tal como su abogado lo manifestó en su momento a los diversos medios de comunicación tanto escritos como audiovisuales de ámbito estatal. Así pues, en plena emergencia sanitaria, el que fue de víctima en el juicio al fiscal general. El “ciudadano particular” intentó arañar 350.000 euros a costa de no pagar los impuestos correspondientes que debía pagar por la citada operación adjudicada a dedo por la presidenta de la Comunidad de Madrid. El mencionado “ciudadano particular”, realizó también una extraña operación, fraude encubierto, con la mujer de su jefe. Pagó medio millón de euros por una empresa que no valía ni una décima parte.
La UCO, tan diligente en casos como el del fiscal general, a día de hoy aún no ha dado a conocer el informe correspondiente a todo lo relacionado con Alberto González Amador, no tiene visos que de manera cercana se siente en el banquillo de los acusados, tal vez están esperando en los pasillos de las fiscalías a que pase el tiempo y prescriban los delitos. Aquí podríamos afirmar lo que Alonso Quijano dijo a su fiel escudero: “Amigo Sancho, con la Iglesia hemos topado”, en este caso sería: “Ciudadanas y ciudadanos de buena fe, con la familia Ayuso hemos topado”. Por otro, la banca le ha aprobado a ese ciudadano tan particular una hipoteca de 600.000 euros, justo un día antes de la condena al fiscal general. Simple coincidencia o pura mala uva de la banca española. Se puede comprobar que todas las irregularidades, fraudes y mentiras de la familia Ayuso, terminan siempre en lo mismo: exoneración de los suyos y el señalamiento, y graves amenazas (M.A.R. al Diario.es), de quienes se atreven a investigarlos. Los jueces “militantes con toga” y carnet del PP y VOX, han interiorizado y puesto en práctica, sin tapujos de ninguna clase, aquellas palabras de “quien pueda hacer que haga”, y lo hacen de manera abierta y con una contundencia que no aplican en otros casos. Utilizan dos varas de medir: una para los Ayuso y otra muy distinta para la familia del presidente del Gobierno de Coalición (a veces de colisión) Pedro Sánchez Castejón. Así pues, siguiendo a Isabel Díaz Ayuso, estamos en una verdadera dictadura, pero la de los jueces (golpismo judicial incluido) que miran para otro lado cuando se trata de los suyos, y arremete con enorme contundencia cuando los juzgados no son de su cuerda, y si son catalanes los que están en el banquillo de los acusados, más leña al fuego.
Dos relatos irreconciliables se dieron en el juicio del fiscal general del Estado, por un lado la sentencia y por otro el voto particular de las juezas antes mencionadas. Las dos magistradas sostienen que no existen pruebas concluyentes, sino meras sospechas, mientras que la sentencia concluye que él o alguien de su entorno filtró el correo del novio de Ayuso. Es harto sospechoso que la sentencia condenatoria sólo menciona 4 veces a la presidenta de la Comunidad de Madrid, mientras que el voto particular lo hace en 23 ocasiones. La presidenta se presentaba antes y durante el juicio como una víctima de una persecución política orquestada por el Gobierno de España, además de no tenerse en cuenta el bulo de Miguel Ángel Rodríguez, jefe de prensa de la presidenta, causa primigenia de todo lo ocurrido en esta rocambolesca historia judicial. Cuesta entender que los cinco jueces que condenan a García Ortíz, no hayan tenido en cuenta la presunción de inocencia del fiscal general, en una causa que está, totalmente, cuajada de circunstancias sorprendentes, que la hacen única. Se le achaca al fiscal general que no quiso declarar, pero no se tuvo en cuenta que ya desde el emperador Justiniano en su Digesto: “negativa non sunt probanda”. Y, además, no se ha cumplido eso de IN DUBIO PRO REO, sino todo lo contrario. Para bien de la “JUSTICIA” el fallo tendría que haber sido claro e indiscutible, y ha sido un fallo muy discutible en forma y en fondo. Si eso hacen con un fiscal general del Estado, qué no harán con nosotros, ciudadanas y ciudadanos tan particulares.
