Encarnación García Juliá
Los sucesos de Torrepacheco en julio de este año, cuando tuvieron lugar varias jornadas de disturbios provocados por grupos de fascistas alentados por lideres políticos y de opinión de ultraderecha, quienes crearon el clima de persecución que llevó al grupo Deport them now a la convocatoria de cacería de inmigrantes, levantaron el debate sobre la ilegalización de partidos, en concreto de Vox. También por otros casos en la región de Murcia que llamaron la atención de los medios, como la medida del Ayuntamiento de Jumilla de prohibir la celebración de los rezos del ramadán en una instalación deportiva por presiones de ese partido, o el inminente cierre del centro de menores Rosa Peñas en la pedanía murciana de Santa Cruz, una de las condiciones impuestas por Vox al PP para poder aprobar los presupuestos regionales. En este escrito trato de responder a las preguntas de si se pueden ilegalizar los partidos de ultraderecha, si se deben ilegalizar, cuáles son los límites jurídicos que las democracias parlamentarias establecen al fascismo, y lo que es más importante, si hay garantías de que se van a respetar esos límites. Como siempre se suele comparar, en asuntos de memoria histórica y prevención del fascismo a España con Alemania, tomo a ese país como punto de referencia internacional.

En Alemania, las bases legales para poder disolver un partido político vienen dadas por la constitución, la ley de partidos y la ley del Tribunal Constitucional Federal. La constitución no se llama así, sino Ley fundamental de la República Federal Alemana (Grundgesetz), ya que es la ley fundamental de Bonn, de 1949, la que se estableció para la zona occidental del país después de la caída del régimen nazi, con modificaciones, y por tanto en su origen no pudo ser ratificada por parte de la población. ¿Cómo tratan de proteger a la democracia en este texto constitucional? Por la llamada “cláusula de eternidad” (artículo 79.3, que impide eliminar o modificar los artículos 1 y 20, dignidad del ser humano, y definición de la república alemana como un estado federal, democrático y social). A esto se añaden las normas para la prohibición de partidos (el artículo 21).
En cuanto a la vigente ley de partidos de Alemania, de 1967, establece que los partidos han de ser democráticos. La streitbare demokratie (democracia militante) es el concepto base para la prohibición de partidos, según el cual, el Estado puede suprimir libertades individuales o corporativas para salvaguarda del sistema democrático, como un derecho de autodefensa del orden democrático parlamentario. Por último, está la ley del Tribunal Constitucional Federal, que en su artículo 43 también fija normas para la prohibición de partidos, y prevé que sean declarados inconstitucionales los partidos que intenten abolir, o SOCAVAR (lo pongo en mayúsculas porque la ultraderecha suele entrar en escena de esta manera), el régimen democrático liberal.
En España, la herramienta legal de que disponemos es la ley de partidos que un gobierno de la derecha, presidido por José María Aznar, aprobó en 2002. En el Preámbulo de esta ley se declara objetivo el impedir que los partidos puedan atentar contra el régimen democrático. Al final del capítulo II, en el artículo 9, prevé que puedan ilegalizarse los partidos que vulneren sistemáticamente las libertades y los derechos fundamentales, promoviendo, justificando o exculpando los atentados contra la vida o la integridad de las personas, o la exclusión o persecución de personas por razón de su ideología, religión, creencias, nacionalidad, raza, sexo u orientación sexual. También es motivo de ilegalización el utilizar símbolos, mensajes o elementos que representen o se identifiquen con el terrorismo o la violencia, lo que comprendería el uso de símbolos antidemocráticos. Igualmente, han de desarrollar sus fines con pleno respeto del pluralismo. Aquí podría incluirse el uso de un discurso de odio hacia quienes no piensan igual, y el no aceptar los resultados de las elecciones cuando no les benefician a los partidos de extrema derecha.
Por otro lado, existe una sentencia dictada por el Tribunal Europeo avalando la disolución de los grupos de extrema derecha, porque al estar en contra de los valores de tolerancia, paz social y no discriminación estarían vulnerando el Convenio Europeo de Derechos Humanos, lo cual también afectaría a los partidos políticos.
O sea, que nuestras sociedades de democracia parlamentaria, formal, cuentan con un cortafuegos legal contra las organizaciones fascistas. Es evidente que los partidos como Vox transgreden esta normativa continuamente, y por tanto Vox podría ser ilegalizado. Las autoridades encargadas legalmente deberían hacerlo, pero…
No olvidemos que estos límites están ahí para contener a las fuerzas que puedan amenazar la democracia parlamentaria, en un sentido de avance, al igual que en un sentido de retroceso. Las mismas leyes que se crearon para proteger del fascismo, son las que se pueden aplicar a las asociaciones y organizaciones revolucionarias o “de extrema izquierda”. Es decir, las que tienen como objetivo la supresión de las clases sociales, y una economía no capitalista; entre ellas también las que persigan como fin una forma de democracia más directa o asamblearia, y las anarquistas entrarían dentro de esta definición de objetivos.
Los ejemplos de ilegalización, o más bien, de no legalización de partidos durante la Transición, que tienen lugar antes de las elecciones de 1977, fueron en esta dirección. El caso de la ORT (Organización Revolucionaria de Trabajadores) es muy significativo, porque una vez la Sala IV del Tribunal Supremo recibe la documentación para inscribir en el registro, declara su ilegalidad a partir de un informe del Abogado del Estado en el que se argumenta, entre otras razones, que “no es admisible el carácter revolucionario salvo, según los clásicos, como Santo Tomás y Vitoria, para el derrocamiento de un Gobierno tiránico, caso éste en el que, afortunadamente, España hoy no se encuentra” (ver Senent Sansegundo, J. Carlos, 2021, ¿Todos los partidos?: partidos ilegales y las elecciones de 1977, Hispania Nova, nº19, p.459). El PTE (Partido del Trabajo en España) tampoco se legalizó porque el Supremo estimó que “discriminaba a los ciudadanos por razón de su situación económica, siendo que proclamaba como fin la defensa de los intereses de la clase trabajadora” (p.460 op.cit).
Quitando el objetivo de dictadura del proletariado, todo lo demás: lucha de clases, derecho a la autodefensa popular armada, supresión de la forma parlamentaria de orden político, podría ser usado para ilegalizar a las organizaciones revolucionarias no autoritarias. Así que, si se ilegaliza a la extrema derecha, lo primero que se exigiría desde la política conservadora, sería igual trato hacia el otro extremo, porque las leyes de partidos no solo se suponen orientados a impedir la transgresión de derechos humanos, sino a evitar la destrucción del orden democrático burgués. Aunque la autoridad judicial responsable de aplicar la ley podría considerar como determinante el apoyo masivo, visibilizado en la intención de voto de los partidos de extrema derecha. Entonces, no habría comparación posible en la extrema izquierda, que no cuenta con el apoyo social creciente y, por tanto, no puede ser vista como igual amenaza. Se podría hacer, se podría ilegalizar a los partidos como Vox, sin afectar por igual a las asociaciones del movimiento revolucionario. Teóricamente, sí, pero haría falta que se aceptase esa realidad diferencial por parte de las autoridades, y eso ya es atribuirles una voluntad de hacerlo que no tienen.
Y esta es precisamente la razón más potente para no confiar en que se haga uso del cortafuegos legal al fascismo. Prácticamente no se ha hecho, y, a día de hoy, no se está haciendo. Ni siquiera en Alemania, donde quitando las prohibiciones de posguerra (Partido Comunista de Alemania o KPD, en 1956, y el Partido Socialista del Reich o SRP, 1952, que fue refundación del partido nacionalsocialista obrero alemán ilegalizado en 1945) no se ha vuelto a sacar de la legalidad a ninguna formación política. Eso, pese a que han ido surgiendo partidos de ideología nazifascista. El Partido Nacional Democrático de Alemania, que cambió el nombre a Patria, es objeto de tres peticiones de ilegalización: en 2003, 2016 y 2021. La primera vez, el Tribunal Constitucional alemán, no quiso prohibirlo porque consideraba que, al haber agentes del gobierno infiltrados, podrían inducir al partido a acciones que favorecieran su ilegalización. A la siguiente, consideró que no era una amenaza real, pese a que se puso al descubierto una destrucción de documentación relativa al partido en las oficinas del Tribunal. Y en el 21, sigue sin considerársele una amenaza real y se le declara anticonstitucional (y no inconstitucional), simplemente retirándole las subvenciones. Por su parte, Alternativa por Alemania (AFD), sigue viva y en ascenso, sobre todo en el este del país, de pasado dictatorial comunista. Las peticiones de investigación por parte de varios diputados del parlamento, por el momento dejan la ilegalización en debate en una comisión parlamentaria. Y eso con el partido expulsado por el propio grupo paneuropeo ultraderechista, Identidad y Democracia, por escándalos que tienen que ver con el espionaje para Rusia y China, lo que ha sido motivo de dimisión del principal candidato, Maximilian Krah.
En España, el proceso de transición desde un régimen totalitario fascista a otro democrático parlamentario no pasó por la ilegalización de las formaciones políticas herederas del golpe de estado de 18 de julio del 36. La ley de asociaciones políticas de 1977 y la ley de partidos políticos, de 1978, lo hubieran permitido, al no aceptar organización o actividades contrarias a los principios democráticos. Pero solamente fueron mantenidos en la ilegalidad los partidos revolucionarios marxistas, los republicanos y algunos nacionalistas, y sólo por el tiempo necesario para asegurar que no ganaran las primeras elecciones y se fuera asentando un régimen con elementos de continuidad con el anterior. Y la ley de partidos de Aznar, la actual, fue una ley pensada para eliminar a los partidos del independentismo vasco, y hasta hoy, no ha sido utilizada para ilegalizar los partidos de ultraderecha, ni los del presente ni los preconstitucionales.
Tampoco el procedimiento de ilegalización facilita la aplicación de un cortafuegos legal. En Alemania, para que haya investigación, tiene que haber una petición del Bundesregierun, que es el ejecutivo federal, el Bundestag, o parlamento federal, y el Budesrat, Consejo Federado (de los 17 estados federados) o en el caso de los partidos locales, del gobierno de uno de los Lander. Y la prohibición tiene que acordarse por dos tercios del tribunal. Y en España, según la ley de partidos de 2002, capitulo III, siempre lo solicita el Ministerio Fiscal o el Gobierno, a instancia propia o del Congreso o el Senado, y es una sala especial del Tribunal Supremo la encargada de sentenciarlo. Por tanto, la ilegalización depende de que haya un gobierno que lo promueva, o una mayoría parlamentaria, y que luego los jueces encargados estén de acuerdo en ilegalizar. Además de que hay posibilidad de amparo en el Tribunal Constitucional, caso de España, y en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, caso de Alemania. Cuanto más conservadoras estas instituciones, menos probabilidad de ilegalizar, y el conservadurismo avanza, ya ni respetando un hipotético “cordón sanitario” que les impida coaliciones con la ultraderecha…
No hay, en definitiva, una voluntad política de aplicar la contención legal a los partidos fascistas, algo que sin duda les dificultaría mucho las cosas. Motivos que se argumentan son, por ejemplo, que si se eliminan surgirían más, lo que tampoco impide que se puedan seguir ilegalizando. O que hay otros medios más efectivos y que, sin embargo, no impiden el uso simultáneo de este. O porque supondría romper con la oposición a los principales partidos, como si esta opción fuera igualmente legítima en democracia. O por la idea de que como han crecido tanto los partidos fascistas, ilegalizarlos supondría una fractura social, enfrentamientos en la calle, o incluso una guerra (o sea, antes no se les ilegalizaba porque eran pequeños, no pasaban del discurso y no tenían posibilidad de entrar al gobierno o influir sobre la opinión pública, y ahora por todo lo contrario…). Creo que la falta de voluntad en nuestro país tiene mucho que ver con esto, con una premisa fundacional del régimen constitucional, de que había que evitar toda ruptura, limar diferencias, integrar a los fascistas como parte del pluralismo político, evitar confrontación durante muchos años de olvido, de no juzgar los crímenes franquistas, de no depurar a los jueces…Una “paz social”, una estabilidad, al precio de un inmovilismo que finalmente conduce al sacrificio del propio sistema democrático por desidia, porque si la revolución les suponía violencia, defender de la amenaza fascista a la democracia burguesa, también les parece peligroso. Una lógica inútil y falsa, porque sabemos que donde hubo resistencia armada al fascismo, hubo guerra, pero donde no la hubo, las masacres existieron igualmente o peor, y que la elección entre morir o vivir de rodillas, no es una disyuntiva aceptable. Puede ser por miedo, o puede ser por el interés de hacerse cómodamente con el poder, sin conflictos, y captando el mayor número posible de votos desde posiciones poco definidas, más bien centristas, las fuerzas políticas de izquierda se fueron sumando al carro de una transición continuista, cuando podrían haber plantado cara a los reaccionarios porque tenían fuerza para hacerlo en aquel tiempo. Sea como fuere, bajo un régimen parlamentario, sigue siendo el capital el que manda y el que decide hasta dónde se puede llegar. El único cortafuegos que nos queda es la acción directa del pueblo, cultivando la memoria histórica y el derecho a la utopía de una democracia asamblearia, algo que al poder tampoco le ha interesado por no educar en demasía a un pueblo que luego puede revolverse contra él. La autodefensa directa contra el fascismo, algo a lo que siempre el pueblo tendrá derecho. Y exigir al estado que se declara democrático, que al menos se lleven a cabo medidas como investigar y parar la corrupción y los delitos tras las organizaciones fascistas, la financiación ilegal, que se bloqueen y embarguen los capitales de que disponen etc… señalando siempre sus contradicciones, pues el sistema hace leyes para guardar las formas en cuanto a derechos humanos y democracia, para luego incumplirlas.